Auditoria

El despacho, a través de profesionales y sociedades de auditoría colaboradores, inscritos al Registro Oficial de Auditores de cuentas ROAC, proporciona servicios profesionales de auditoría de cuentas y otros trabajos relacionados:

 

AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES.

  • Tal como establece la Ley de Auditoría de Cuentas (R.S.L. 1/2011 de 1 de julio) se entiende por auditoría de cuentas la actividad consistente en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así como otros estados financieros u otros documentos contables, elaborados según el marco normativo de información financiera aplicable, siempre que esta actividad tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de los citados documentos que pueda tener efectos frente a terceros.
  • La Auditoría de cuentas habrá necesariamente de estar realizada por un auditor de cuentas o una sociedad de auditoría, mediante la emisión del correspondiente informe y con sujeción a los requisitos y formalidades establecidos a la Ley de Auditoría.
  • La Normativa obliga a someter a auditoría de cuentas anuales a las empresas que durante dos ejercicios consecutivos cumplan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias: · Que el total de las partidas del activo supere los 2,85 millones de euros/ Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 5,7 millones de euros / Que la media del número de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

 

Altres serveis:

  • INFORMES ESPECIALES ESTABLECIDOS A LA NORMATIVA MERCANTIL.
  • INFORME DE REVISIÓN DE CUENTAS JUSTIFICATIVAS DE SUBVENCIONES.
  • OTROS INFORMES DE REVISIÓN NO SUJETAS A LA LEY De AUDITORÍA.
  • EMISIÓN DE DICTÁMENES, EN CALIDAD DE PERITOS PARA LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS.

 

 

 

 

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